Rescate, así como reubicación de flora y fauna silvestre

Rescate, así como reubicación de flora y fauna silvestre

La reciente modificación del artículo 117 de La Ley General de Desarrollo Forestal sustentable   establece que las autorizaciones que se emitan para cambio de uso del suelo en terrenos forestal deberán integrar un programa de rescate y reubicación de especies de la vegetación forestal afectadas y su adaptación al nuevo hábitat. Dichas autorizaciones deberán atender lo que, en su caso, dispongan los programas de ordenamiento ecológico correspondiente.  Para ello en Taxus Ingeniería Forestal SC se trabaja en el rescate y reubicación de flora silvestre con la finalidad que se mantenga la biodiversidad vegetal a nivel de la cuenca.